La Constitución Federal de 1988 posibilitó el fortalecimiento de diversos movimientos de minorías sociales en la búsqueda del reconocimiento de derechos en Brasil. En ese sentido, el artículo aborda el proceso de reconocimiento de derechos para el grupo LGBTI, a partir del análisis sobre la actuación judicial acerca de las demandas del Movimiento LGBTI en el país. La metodología consiste en una revisión bibliográfica alineada a un análisis de algunas decisiones del Supremo Tribunal Federal acerca de la unión homoafectiva, del derecho al nombre y género en registros civiles para personas transexuales y la criminalización de la homotransfobia. El objetivo central es comprender algunos aspectos del proceso de judicialización de esas demandas específicas de la población LGBTI que llegaron al STF y ganaron repercusión nacional y mirarlas bajo el prisma de la judicialización de demandas sociales y del activismo judicial Así, se entiende que el Judiciario utiliza una interpretación amplificada del texto constitucional y en ese escenario, el llamado activismo judicial acaba por conceder derechos basilares para la dignidad humana de esos individuos, siendo alzado como plataforma política para las demandas LGBTI supliendo de cierta forma la mora y omisión del Legislativo.