El objetivo de este trabajo es analizar cómo la enseñanza jurídica, en la esfera pública universitaria, puede transformarse en un instrumento de comunicación crítica sobre el Derecho, reflejándose a partir de algunos aspectos provenientes de las Teorías Feministas del Derecho. Considerando que la esfera pública es una red de comunicación de contenido y toma de decisiones, la universidad puede actuar como un espacio de transformación y emancipación social. Por lo tanto, partiendo de la dicotomía público/privado, no bastaría el aumento del número de mujeres en la enseñanza superior, sino la adopción de una perspectiva feminista para discutir el método, la metodología y la epistemología, comprendo a las mujeres como agentes del conocimiento.
El artículo aborda cuestiones de privacidad y dignidad sexual en el uso de la aplicación Grindr de relación entre hombres para el ofrecimiento de servicios sexuales. La metodología consiste en una revisión bibliográfica y en el análisis de la Ley General de Protección de Datos 13.709 / 2018, investigando los términos de uso y servicio de la aplicación Grindr y considerando en los análisis los aspectos ligados al ofrecimiento de servicios sexuales en la esfera digital. Así, la intención es comprender cómo las cuestiones de tutela de la privacidad y dignidad sexual de los individuos son tratadas por la aplicación, en casos de prostitución y demás economías sexuales. Se concluye que el ejercicio de economías sexuales virtuales debe ser pautado por los parámetros legales impuestos a la prostitución en el lugar de uso de la red, más el rigor exigido en la protección de la información personal de los usuarios, a partir de un consentimiento aclarado sobre el uso de sus datos y respeto a los derechos fundamentales en la esfera digital
La propuesta de este artículo es analizar, por medio de revisión bibliográfica, las representaciones sociales construidas sobre los nikkeis en Brasil, a partir del proceso de inmigración. Considerando que el contexto político y social desempeñó un papel fundamental en la construcción y transformación de esas representaciones, se echará una mirada retrospectiva sobre ellas, para que así sea posible tener una comprensión más profunda sobre el contexto actual.
Este artículo presenta el litigio estratégico ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) como acción em defensa de algunos grupos vulnerables, principalmente mujeres, LGBTI, minorías étnicas y niños/adolescentes. El litigio estratégico se define como una provocación al SIHD para que se pronuncie sobre una situación de extrema violación de derechos humanos, con la expectativa de que ello conduzca a cambios jurisprudenciales y políticos reales. De esta forma, el litigio estratégico se consolida como posibilidad de actuación para organizaciones que vislumbran en ese tipo de litigios una posibilidad de alteración en el padrón decisorio de las instituciones internas del sistema de justicia. Los casos relacionados con los grupos vulnerables arriba identificados van desde cuestiones de violencia de género, pasando por el derecho a la salud y tratamiento médico y derecho a la educación.
La Constitución Federal de 1988 posibilitó el fortalecimiento de diversos movimientos de minorías sociales en la búsqueda del reconocimiento de derechos en Brasil. En ese sentido, el artículo aborda el proceso de reconocimiento de derechos para el grupo LGBTI, a partir del análisis sobre la actuación judicial acerca de las demandas del Movimiento LGBTI en el país. La metodología consiste en una revisión bibliográfica alineada a un análisis de algunas decisiones del Supremo Tribunal Federal acerca de la unión homoafectiva, del derecho al nombre y género en registros civiles para personas transexuales y la criminalización de la homotransfobia. El objetivo central es comprender algunos aspectos del proceso de judicialización de esas demandas específicas de la población LGBTI que llegaron al STF y ganaron repercusión nacional y mirarlas bajo el prisma de la judicialización de demandas sociales y del activismo judicial Así, se entiende que el Judiciario utiliza una interpretación amplificada del texto constitucional y en ese escenario, el llamado activismo judicial acaba por conceder derechos basilares para la dignidad humana de esos individuos, siendo alzado como plataforma política para las demandas LGBTI supliendo de cierta forma la mora y omisión del Legislativo.